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¿Estás preparado para eliminar los plásticos de un solo uso?

tenedores, cucharas y sorbetos de plástico de un solo uso

Para junio de este año debe entrar en pleno vigor la Ley Núm. 51-2022, que prohibe el expendio y utilización de plásticos de un solo uso en todo establecimiento comercial, de venta y distribución. Un estatuto que impacta particularmente a los negocios de comida que usualmente, utilizan envases de plástico o foam para servir los alimentos para llevar.


La Ley define a los «plásticos de un solo uso» como aquellos artefactos de material plástico vendidos y utilizados voluntariamente, tales como los cubiertos, platos y sorbetos de plástico, así como los vasos, tazas y contenedores de alimentos hechos de poliestireno expandido (foam) para su consumo inmediato o para llevar algún tipo de alimento sin procesar o procesado.


Aunque la Ley se firmó en el 2022, ésta dispone un periodo de adaptación de 24 meses durante los cuales los negocios debían ir haciendo los ajustes necesarios en su inventario y presupuestos. Se supone que, luego de veinticuatro (24) meses de aprobada la Ley, y de haberse completado el Programa Educativo y de Orientación establecido en ésta, todo establecimiento comercial dentro de los límites territoriales del Gobierno de Puerto Rico, cesará la práctica de entregar o utilizar plásticos de un solo uso. Sólo durante periodos de emergencia, decretados como tal por el Gobierno de Puerto Rico o por el Presidente de Estados Unidos, podrán utilizarse plásticos de un solo uso, cónsonos con suplir la necesidad de los comercios y los consumidores en ese periodo.


En caso de incumplimiento, el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) impondrá al establecimiento comercial un boleto por falta administrativa que ascenderá a la cantidad de quinientos (500) dólares por la primera infracción.


En caso de reincidir en tal conducta, se le impondrá al establecimiento comercial un boleto por falta administrativa por la cantidad de mil (1,000) dólares por una segunda violación, y cinco mil (5,000) dólares por cada violación posterior.

Será deber del infractor pagar el boleto por la falta administrativa dentro de los treinta (30) días. Deberá solicitar revisión de este dentro del referido periodo. De no pagarse en dicho término, tendrá un recargo mensual equivalente al diez por ciento (10%) de la multa impuesta.


No obstante, ante la Legislatura hay un proyecto de ley que de aprobarse extendería el término en que la ley entraría en vigor para el 1 de julio de 2026.


El director ejecutivo de la Asociación de Restaurantes de Puerto Rico (Asore), Gadiel Lebrón, dijo en entrevista reciente en El Vocero, que hay mucha incertidumbre en la industria con relación a la medida, ya que no ha habido un aviso de intención del reglamento para poder manejar la ley.


La Ley dispone un periodo de educación y orientación que tampoco se ha dado. Según Lebrón, ante la incertidumbre prevaleciente y el hecho de que la transición de los plásticos de un solo uso está incompleta por la falta de especificaciones sobre la prohibición, fue que el senador Albert Torres Berríos, radicó el P de la S 1374. La medida surge también porque tampoco hay facilidades disponibles para tratar con las alternativas que se sugieren.


“La prohibición de plásticos de un solo uso es bien amplio, tiene muchas definiciones, y hay muchos componentes y productos para utilizar, no es un solo producto... Ahí es donde está la complicación de esto. Por eso, entendemos que debería de haber este reglamento con unas definiciones claras para que todos los comerciantes que se van a ver afectados, que son quizás más de los que estamos pensando, porque esto no solamente es para restaurantes, sino para un montón de facilidades y de sitios... puedan trabajar de forma adecuada y responsable”, dijo el ejecutivo.

Sostuvo, además, que el sector privado está a la espera del reglamento para poder definir los campos faltantes y atender el asunto, el cual enfatizó, representa un impacto económico que “desafortunadamente terminará en el consumidor” porque los productos “triplicarían” los costos actuales.


La eliminación de este tipo de productos, por su efecto nocivo al medio ambiente, es una tendencia a nivel mundial y abre oportunidades de negocios en distintos nichos como el reciclaje de estos productos o la fabricación o distribución de envases fabricados con materiales biodegradables.

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